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Diccionario de Recursos Humanos: Glosario
IDENTIDAD CORPORATIVA:
Sistema de significados, símbolos e imágenes más o menos compartidos por el
personal de una organización que configura la imagen de la misma.
Identidad del puesto de trabajo:
Grado en que un puesto de trabajo requiere realizar un trabajo "completo" e
identificable.
Importancia del puesto:
Grado en el que el puesto tiene una repercusión importante en la vida de otras
personas.
Incapacidad permanente:
Se considera aquella en la que el trabajador, después de haber estado sometido
al tratamiento prescrito y de haber sido dado de alta médicamente, presentara
reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación
objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad
laboral. Y aquella que subsista después de extinguida la incapacidad temporal
por el transcurso del plazo máximo de duración. Extinguida así la incapacidad
temporal se procederá, en el término de tres meses, a examinar al sujeto
protegido para determinar el grado de incapacidad permanente que le corresponda.
Se exceptúa el caso en que continúe siendo necesario el tratamiento médico y
clínico del interesado, que hicieran aconsejable demorar la correspondiente
calificación. Esta podrá retrasarse por el período preciso, que en ningún caso
podrá rebasar los 30 meses siguientes a la fecha en que se haya iniciado la
incapacidad temporal. La situación de incapacidad permanente ira generalmente
precedida de una situación de incapacidad temporal, salvo que se carezca de
protección en cuanto a la incapacidad temporal, bien por no hallarse en alta en
el momento del hecho causante, o bien por hallarse en una situación asimilada al
alta.
INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA:
Causa de extinción del contrato que inhabilita completamente al trabajador para
cualquier profesión u oficio. La prestación económica consiste en una pensión
vitalicia.
INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL:
Incapacidad que tradicionalmente se definía como aquella que ocasionaba al
trabajador una disminución no inferior al 33 por 100 en su rendimiento normal en
la profesión habitual, sin impedirle realizar las tareas fundamentales de la
misma.
INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL:
Incapacidad que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las
fundamentales tareas de su profesión habitual, siempre que pueda dedicarse a
otra distinta, aunque, de nuevo tras la Ley 24/1997, de 15 de julio, hay que
atender a la lista de enfermedades que se contemple reglamentariamente (art.
137.3 LGSS). En principio, no es causa de extinción del contrato si el
empresario puede emplearle en otra actividad.
Incapacidad temporal:
Es la situación en la que se encuentra el trabajador que está temporalmente
incapacitado para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad
social. Los trabajadores que se hallan en esta situación tendrán derecho a
percibir un subsidio económico, cuya finalidad es paliar la ausencia de salarios
derivada de la imposibilidad de trabajar.
INCENTIVOS GENERALES:
Son aquellos incentivos -sueldos, salarios, prestaciones extrasalariales - que
se asignan a los empleados por su misma vinculación a la organización, con
independencia de su nivel de rendimiento. constituyen un aliciente para la
incorporación y permanencia en la organización.
INCENTIVOS INDIVIDUALES Y DE GRUPO:
No se conciben para estimular el cumplimiento estricto, para ello están las
normas. Su propósito es fomentar el esfuerzo por encima del mínimo.
INDEMNIZACIÓN:
Cantidad de dinero recibida por quien ha sufrido un perjuicio o un daño frente
al que protege el ordenamiento jurídico.
INDEMNIZACIÓN A TANTO ALZADO:
Prestación del sistema de Seguridad Social consistente en una cantidad dineraria
que se otorga en una única ocasión, como en el caso de la incapacidad permanente
parcial.
INDEMNIZACIÓN SALARIAL:
En política salarial, la palabra "indemnización" suele referirse más bien a un
acto y cantidad única posterior al "daño o perjuicio" causante.
INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO IMPROCEDENTE:
Cuarenta y cinco días de salario por año de servicio hasta un tope máximo de
cuarenta y dos mensualidades.
INDEMNIZACIÓN POR BAJA VOLUNTARIA INCENTIVADA:
Las indemnizaciones por causar baja en las empresas con excedentes de personal
suelen formalizarse como despido improcedente aceptado como tal por ambas
partes.
INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTES LABORALES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES:
Según el daño causado por el accidente o enfermedad profesional, pueden derivar
en incapacidad transitoria o permanente (esta última total o absoluta) y gran
invalidez, correspondiendo a cada una de ellas una determinada indemnización.
INEPTITUD:
Cualidad del trabajador que puede determinar su despido basado en causas
objetivas.
Ingeniero de ventas:
Sus funciones son: Planificar y programar las ventas de los productos/servicios
según los presupuestos, zonas geograficas, productos, tipos de clientes, etc.
Realizar la promoción y ventas de los productos de la empresa. Mantener las
relacciones necesarias con los clientes, asesorándoles en los
productos/servicios solventando sus dificultades o problemas y analizando la
adaptaciones concretas de los productos al cliente para su plena satisfacción.
Negociar dentro de los margenes prefijados, condiciones de venta, formas de
pago, plazos, descuentos, etc... Visitar a clientes actuales y potenciales,
detectando posibles necesidades y ofreciendo los servicios/productos de la
empresa. Dar soporte técnico/comercial a los Key Account Manager en sectores
clave. Cumplir el presupuesto anual de ventas asignado.
Inscripción de Empresas:
Acto administrativo por el que la Tesorería General de la Seguridad Social, a
solicitud de un empresario, realiza su inscripción en el Sistema de la Seguridad
Social, que será válida durante la existencia de la persona natural o jurídica,
o del ente empleador solicitante. Consecuente con la inscripción de la empresa
la Tesorería General de la Seguridad Social asigna el "Código de Cuenta de
Cotización" para su identificación numérica.
INSERCIÓN LABORAL:
Acción de incorporar a una persona, a través de un puesto de trabajo, en el
mercado laboral, normalmente aplicable a los jóvenes.
Instituto Nacional de Empleo:
También llamado INEM. Es el Organismo de la Administración Española encargado de
la intermediación laboral, es decir, de poner en contacto a las empresas y
trabajadores con el objeto de conseguir un contrato de trabajo para el
trabajador y ayudar a las empresas a cubrir sus necesidades de plantilla,
atendiendo así a las necesidades de ambos. Cuenta con una serie de servicios,
como son, la formación de los desempleados, su orientación en técnicas de
búsqueda de empleo, y en definitiva, todos aquellos que pongan al trabajador en
las mejores condiciones para acceder con éxito al mercado de trabajo. El INEM,
es a su vez, entidad gestora de todo el sistema de protección por desempleo que
asegura, al trabajador que cumpla los requisitos, unos ingresos sustitutivos de
la renta salarial dejada de percibir y una protección económico-asistencial para
determinados colectivos que se consideran especialmente necesitados de dicha
protección.
Invalidez:
Es una prestación periódica que se reconoce por padecer un determinado grado de
minusvalía. Los beneficiarios son aquellas personas que padezcan deficiencias,
previsiblemente permanentes, de carácter físico o psíquico, congénitas o no, que
anulen o modifiquen su capacidad física, psíquica o sensorial.
ITINERARIO FORMATIVO:
Camino que se sigue para adquirir formación específica que capacite y
proporcione una mayor cualificación y/o especialización en la futura profesión a
desempeñar.
ITINERARIO PROFESIONAL:
Un itinerario profesional de referencia está formado por el conjunto de
recorridos teóricos posibles que pueden existir entre empleos que no tienen por
qué pertenecer necesariamente a una misma línea profesional.
Cuando realizar
Actividades Outdoor?
Capacitación outdoor versus clase
tradicional, ¿cuál elegir?
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