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BAJA EN LA SEGURIDAD SOCIAL:

Obligación legal a cargo del empresario de comunicar a la administración de la Seguridad Social el cese en su actividad de los trabajadores por cuenta de aquél, en iguales términos a los aludidos para el supuesto de alta en la Seguridad Social. Supone declarar extinguida la relación con la Seguridad Social respecto del sujeto afectado.



BAJA POR ENFERMEDAD:

Cuando el trabajador sufre una incapacidad temporal para el trabajo como consecuencia de una enfermedad o de un accidente, el empresario no puede despedirlo, sino solamente suspender mientras dure la incapacidad temporal el contrato de trabajo. Durante la baja por enfermedad el trabajador no cobra sus salarios normales y reales, sino una parte de los mismos que le paga la Seguridad Social.



BAJA VOLUNTARIA O DIMISIÓN DEL TRABAJADOR:

Una de las formas de extinción del contrato de trabajo es la dimisión del trabajador.



BAJO RENDIMIENTO:

Incumplimiento contractual del trabajador que puede ser sancionado por el empresario, incluso con el despido disciplinario, cuando tal bajo rendimiento supone una disminución continuada y voluntaria en el pactado en el contrato, el habitualmente obtenido o el que se alcanza por otros trabajadores en el mismo puesto o similar.



BALANCE SOCIAL:

Estado o reflejo de las aportaciones de la empresa a la sociedad, en los términos de desarrollo social en los ejercicios económicos. Refleja aquellas contribuciones de la empresa a la sociedad que no siguen criterios económicos sino sociológicos (como aportaciones a la sociedad relacionadas con el empleo, con su aportación a la renta disponible de las familias de una región, etc.), de relaciones sociales e incluso de cuestiones de ámbito ecológico (como emanación de humos y otras agresiones medioambientales).



BANDA SALARIAL:

Zona o franja, limitada por un máximo y un mínimo, en la que se encuadran los salarios de todos los puestos pertenecientes a un mismo nivel de clasificación. Las escalas salariales se acomodan mejor al establecimiento de bandas salariales que a los salarios lineales (salario único por nivel de clasificación). Ni los titulares de los puestos ni los contenidos de los mismos pueden ajustarse con exactitud matemática a la máxima estricta de las técnicas de valoración de puestos (VPT): "a igual puesto, igual salario". Las mismas técnicas de valoración reconocen esta limitación al agrupar en un mismo nivel de valoración puestos de puntuaciones similares y próximas entre sí.



Bases de cotización:

Son las cantidades sobre las que se aplican los tipos de cotización para la obtención de las cuotas de la Seguridad Social que los sujetos responsables ingresan en el Sistema y que constituyen su principal recurso económico.



BASES DE PODER:

Recursos a que pueden apelar los individuos o grupos en su intento de imponer su voluntad en los asuntos humanos. Incluyen lo que se utiliza y la forma en que se utiliza.



BASE PROFESIONAL:

Bagaje formativo elemental de una persona, tanto teórico como práctico, que le permite desarrollar una actividad productiva o avanzar hacia niveles profesionales más elevados.



BASE REGULADORA:

Importe salarial determinado en relación con el cual se fija la cuantía de la prestación económica que corresponda al beneficiario de la Seguridad Social. El cálculo de dicha prestación varía en cada caso, por la aplicación de diversos porcentajes.



BATERÍA DE TESTS:

Conjunto de tests relacionados entre sí que se administran conjuntamente (personalidad, aptitudes, psicotécnicos, etc.) usados normalmente en selecciones de personal.



BEDAUX, SISTEMA:

Salario basado en el sistema de puntos.



BENEFICIOS SOCIALES:

El uso y disfrute de los mismos es igual para todos los trabajadores de la empresa, sin discriminación alguna por el puesto, nivel o "status" del trabajador. Se inscriben en la denominada "política social" de la empresa, nacida del deber general de protección del empresario, y perfectamente diferenciada de la "política retributiva o salarial". Entre estos beneficios sociales, podemos citar: Becas para hijos de empleados, incluyendo cualquier tipo de ayuda para estudios; Club social de la empresa; Comedores y cafetería o cheques-restaurante; Ayudas extraordinarias en forma de créditos no reintegrables ante circunstancias también extraordinarias; etc.



BLINDAJE CONTRACTUAL:

Protección salarial, de carácter indemnizatorio, que mediante cláusula específica suele incluirse en algunos contratos de directivos con el fin de compensar dinerariamente un despido o cambio sustancial en las condiciones de trabajo.
La alta dirección de las empresas ha de asumir grandes riesgos de gestión y, además, obtener resultados la mayoría de las veces a corto plazo. Por otra parte, su relación laboral está basada en la confianza mutua empresa-trabajador y, por ello, más expuesta a una quiebra de la misma. El blindaje protege, con una indemnización complementaria a la legal, esta mayor asunción de riesgos




Bonificaciones y reducciones en las cuotas:

Las establecidas en diversas normas dictadas para favorecer el empleo de determinados colectivos o para fomentar la estabilidad en el mismo. Hay derecho a aplicarlas en las liquidaciones salvo que el ingreso no se produzca en plazo reglamentario.



Brand Manager:

Sus funciones son: Diseñar, desarrollar, ejecutar y coordinar el plan y estrategias Comercial y de Marketing para sus productos o grupo de productos a corto, medio y largo plazo, tanto respecto de ventas como de costes. Establecer y controlar los presupuestos anuales por productos o grupos: definir los márgenes de volumen, repartición de los presupuestos promocionales y de los presupuestos publicitarios. Diseñar las políticas de ventas de sus productos según la estrategia global comercial de la empresa. Diseñar y desarrollar las campañas de publicidad y promoción de los productos. Realizar estudios de mercado para analizar y anticipar la evolución de sus productos, del mercado y de la competencia. Evaluar y decidir sobre cambios, modificaciones, nuevas características de los diferentes productos, y sobre desarrollo de nuevos productos. Dirigir y controlar al equipo de Product Managers y de sus ayudantes.



BRUTO SALARIAL:

La cantidad percibida como contraprestación al trabajo (sueldo, salario, remuneración, etc.) se considera bruta cuando abarca la totalidad de lo que el empresario abona al trabajador por dicho trabajo.



BÚSQUEDA ACTIVA DE EMPLEO:

Es la que emprenden aquéllas personas que con regularidad y permanentemente combinan distintos métodos para encontrar trabajo diversificando sus actuaciones. Así, busca activamente empleo la persona que lleva una agenda actualizada de búsqueda, aprovecha los periodos de desempleo para formarse, informa periódicamente a sus familiares y conocidos de su intención de trabajar y de sus capacidades.



BUSQUEDA DE EMPLEO, MODELO DE:

Surge como respuesta a la posibilidad de existencia de costes de información en el mercado de trabajo. Si la información es costosa para el trabajador y el empresario, existirán unas estrategias de comportamiento por parte de estos agentes. El trabajador partirá de un salario de aceptación alto cuando empieza a buscar empleo, reduciéndolo a medida que pasa el tiempo y no encuentra trabajo. El empresario puede adoptar diversas estrategias, por ejemplo, fijar un salario y un nivel de productividad y luego, a medida que pasa el tiempo y no cubre su vacante, ir reduciendo el nivel de productividad exigido.

El modelo acepta la disparidad de experiencias y actitudes de los trabajadores y empresarios, en la búsqueda y ofrecimiento de empleo. Esto provoca una una tendencia a la dispersión de los salarios ofrecidos o de aceptación, así como la existencia, siempre, de buscadores de empleo y vacantes.



BUSQUEDA DE EMPLEO, TEORIAS DE:

Teorías desarrolladas a finales de los 60 según las cuales, el paro es una actividad voluntaria, pues los trabajadores parados en busca de empleo confrontan las distintas ofertas salariales rechazando aquellas que son inferiores a un "salario de aceptación" resultante de igualar el coste y el beneficio marginales de proseguir la búsqueda. A su vez, las empresas, para regular el nivel de empleo, actúan sobre el salario que ofrecen relativo al salario medio ofrecido por el conjunto de las empresas de la economía, elevándolo cuando quieran contratar más trabajadores y reduciéndolo cuando deseen emplear menos personal.


 

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